En correspondencia con el artículo 203 de la Constitución de la República, este martes #3dic, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), otorgó el carácter orgánico de la «Ley Libertador Simón Bolívar», instrumento que permite la defensa de la integridad y soberanía de Venezuela ante las amenazas que se ciernen desde Estados Unidos.
Los magistrados, Tania D’ Amelio, Lourdes Suárez Anderson, Luis Fernando Damiani Bustillos, Michel Adriana Velásquez y Janette Córdova Castro concluyeron que ésta se adecua a los aspectos fundamentales sobre principios contenidos de la Constitución sobre la institucionalidad democrática que «constituye una manifestación jurídica de un acuerdo social, en el que se plasmaron conceptos y categorías propios de nuestra tradición, cultura e historia, en aras de defender la Patria, resguardar y proteger la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación e intereses de la Nación’’, señala la Sala Constitucional.
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La mencionada sala destaca que el instrumento jurídico tiene su origen en «las sanciones coercitivas y demás medidas restrictivas o punitivas ilegitimas e ilícitas» impuestas de manera arbitrara contra el país, lo cual, explica quebranta el derecho internacional.
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