El coordinador general de la ONG Cecodap, Carlos Trapani, expresó su preocupación por la tendencia a aplicar cargos de terrorismo a adolescentes detenidos en el contexto poselectoral en Venezuela, reseña El Carabobeño.
Detalló que, aunque a algunos los apresaron en flagrancia cometiendo acciones como la quema de propiedades públicas o privadas, estos actos, si bien constituyen delitos, no deberían ser automáticamente calificados como terrorismo, publicó Efecto Cocuyo.
Esta clasificación no solo es cuestionable desde un punto de vista legal, sino que también podría resultar en penas desproporcionadas que no se corresponden con la realidad de los hechos.
«Ese delito se aplica a partir de la reforma de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) en el año 2015, donde se incluyó este delito como susceptible de privación de libertad… Pero la advertencia que hacemos es no criminalizar al adolescente«.
La Lopnna establece que los adolescentes, a partir de los 14 años, pueden ser responsables penalmente, pero bajo un sistema de responsabilidad distinto al de los adultos que está diseñado para centrarse en medidas socioeducativas y solo contempla la privación de libertad en casos excepcionales, como homicidios o actos de terrorismo.
Sin embargo, Trapani subraya que es fundamental que se realicen investigaciones de calidad para determinar si los actos que cometieron realmente se enmarcan dentro del delito de terrorismo, y no criminalizar a los adolescentes sin una base legal sólida.
Además, señaló que los adolescentes y sus familias tienen derecho a elegir su defensa, privada o con el apoyo de organizaciones de derechos humanos. Sin embargo, como ocurre con los presos por represión política, a los adolescentes presos se les impuso la defensa pública, lo cual limita las opciones de las familias y pone en duda la efectividad de la representación legal que se les ofrece.
Otro punto crítico es el trato que reciben los adolescentes detenidos. Trapani denunció que a muchos de ellos los mantienen en condiciones de incomunicación prolongada, sin poder hablar con sus padres o abogados, lo que contraviene la normativa legal que garantiza estos derechos.
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