La Asamblea Nacional difirió este jueves 12 de febrero la segunda discusión para aprobar la ley de amnistía, luego de que los diputados no llegaran a un acuerdo por el artículo 7 de la norma.
La decisión, amparada en el artículo 106 del Reglamento Interior y de Debates, fue tomada por la plenaria luego de que el presidente del parlamento Jorge Rodríguez sometiera a consideración el diferimiento. Esto sucedió posteriormente a que la bancada de la oposición presentara objeciones técnicas y políticas sobre las condiciones para optar a los beneficios de la ley.
La legislación, llamada Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, consta de 13 artículos y los primeros 6 fueron aprobados este jueves por el parlamento venezolano.
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La vicepresidenta de la comisión especial a cargo de la ley, la diputada opositora Nora Bracho, dijo que solicitaron el diferimiento por desacuerdos con el artículo 7, que señala que la ley “abarca a toda persona que se encuentre o pueda ser procesada o condenada por delitos o faltas acaecidos en el marco de los hechos objeto de amnistía, siempre que esté a derecho o se ponga a derecho”, ya que hay muchas personas que están fuera del país o no han sido presentadas ante la justicia. “Queremos una ley amplia, que acoja a muchos y a quienes se sienten perseguidos”, dijo luego de que finalizó la sesión.
El proyecto de ley propone que la amnistía general alcanzaría a todas las personas que hayan sido procesadas o condenadas por la presunta o comprobada “comisión de delitos políticos o conexos” entre el 1 de enero de 1999 al 30 de enero de 2026.
El diputado opositor Luis Florido, de la fracción Libertad, argumentó que había que modificar el artículo porque la solicitud de presentación ante la justicia implica un señalamiento como culpable a las personas que estén judicializadas. El chavismo, en cambio, consideró que la Constitución establece que las personas deben estar presentes en un proceso penal.
Entre lo aprobado durante la sesión de este jueves, está que la futura ley concede «una amnistía general y plena de los delitos o faltas cometidos y acaecidos en el marco de los hechos y el ámbito temporal» establecidos en el texto, con el fin de «promover la paz social y la convivencia democrática».




