En un movimiento estratégico para el sector energético, el Ejecutivo nacional ha oficializado este martes 20 de enero la exoneración de impuestos clave para la importación y comercialización de combustibles en el país.
Según la Gaceta Oficial Nº 43.292, con fecha del 9 de enero de 2026, el Decreto N° 5.207 establece un alivio tributario significativo para los actores de la industria de hidrocarburos.
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La normativa contempla la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero. Este beneficio aplica a:
-Importaciones definitivas y ventas nacionales de combustibles derivados de hidrocarburos.
-Insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina.
-Operaciones realizadas por el Estado, empresas de exclusiva propiedad pública, empresas mixtas y empresas privadas (bajo el amparo del artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos).
Un punto relevante del decreto es que también se incluye la exoneración del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) para las operaciones vinculadas a estos bienes, bajo los términos y condiciones que dicta el nuevo marco legal.
Esta medida pretende dinamizar el mercado interno y asegurar que la logística de combustibles cuente con menores cargas impositivas, facilitando la participación del sector privado en la cadena de suministro.




